CSIF se reune con la Asociación por los Derechos de los Opositores de la Administración de Justicia (ADOAJ)
El pasado jueves, 26 de julio, la Asociación por los Derechos de los Opositores de la Administración de Justicia (ADOAJ) se reunió con la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato mayoritario de la Administración de Justicia, de manera oficiosa en las oficinas de Madrid de esta entidad. La reunión tuvo lugar entre Francisco Lama, Presidente del Sector Nacional de Justicia, y Daniel de Vicente, uno de los representantes de ADOAJ. Acompañamos al comunicado una fotografía del encuentro que tuvo lugar entre ambos portavoces.
Previamente a la entrevista que se produjo entre la asociación y el sindicato, ADOAJ solicitó una reunión con CSIF para darse a conocer como entidad dada su reciente creación y su notorio auge entre los opositores y opositoras, para transmitir las reivindicaciones de su colectivo ante las futuras convocatorias de acceso a la función pública en la Administración de Justicia y conocer las posturas de su interlocutor sobre estos temas de actualidad en la profesión. La reunión fue aceptada por CSIF de manera inmediata y en ella dieron respuesta a la mayoría de las preguntas planteadas por la asociación y por ello este colectivo quiere agradecer públicamente su buena predisposición y amabilidad. No obstante, ADOAJ sigue su hoja de ruta y continúa proponiendo reuniones a los demás sindicatos mayoritarios.
En primer lugar, CSIF manifestó que, en materia de procesos selectivos dentro del plan de estabilización firmado en la Mesa General de Función Pública, siempre ha defendido y defiende la legalidad vigente y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo en lo que se refiere al respeto a la libre concurrencia y los límites del peso de la fase de concurso y de los méritos como la antigüedad, en una proporción de 60-40%. La LOPJ permite utilizar el concurso oposición de manera excepcional y la situación de alta temporalidad existente en la Administración pública española y, dentro de ella en la Administración de Justicia, puesta de manifiesto por las sentencias del TJUE, constituye un elemento de excepcionalidad que habilita el recurso a esta forma de proceso selectivo dentro del periodo 2017-2019.
A esta legislación y jurisprudencia se han unido los acuerdos del Plan de Estabilización y los criterios comunes que se han fijado para la ejecución del mismo y que establecen el uso del concurso oposición en los procesos selectivos amparados en dicho plan. En este sentido, CSIF destaca que estos acuerdos han permitido la mayor oferta de empleo público en la historia de la Administración Pública y en la Administración de Justicia con más de 10.000 plazas.
Asimismo, el representante de CSIF explicó que el concurso oposición exigirá la superación de los ejercicios de la oposición con una nota mínima como paso previo a la valoración de los méritos. En este sentido, manifestó que aún no se han establecido los criterios que van a regir estos procesos selectivos de concurso oposición ya que el Ministerio ha trasladado la primera reunión del grupo de trabajo al mes de septiembre. Será en ese momento donde haya que introducir el tipo de méritos que se van a valorar junto con la experiencia como titulaciones, cursos homologados y exámenes aprobados en procesos selectivos anteriores.
Por otra parte, ADOAJ manifestó explícitamente su reiterada indignación ante la realización de un concurso-oposición al que los opositores por turno libre se enfrentarían desde una posición desigual, ya que en ese caso se vulneraría el principio de igualdad para acceder a la función pública recogido en el artículo 23 de la CE y otros numerosos artículos del ordenamiento jurídico actual. Asimismo, esta asociación consideró que el 40% con el que se pretende valorar los méritos en la segunda fase del proceso selectivo constituye un porcentaje injusto y desigual para los opositores por turno libre. Esta afirmación está respaldada, afirma ADOAJ, por sendas sentencias, como, por ejemplo:
- la del Tribunal Superior de Justicia de Galicia sobre una convocatoria realizada en el año 2016 por la Diputación de Ourense donde dicho Tribunal Superior concluye que el proceso supuso una vulneración de los preceptos legales al restringir, prácticamente, el acceso de aspirantes sin experiencia previa al proceso de selección,
- o la sentencia que ha condenado a la Universidad de Málaga por infringir el principio de igualdad en el acceso a la condición de funcionario/a donde se recoge que se concedía una ventaja sustancial y prácticamente insuperable a favor de los interinos.
Este es principalmente el temor que ADOAJ tiene. Sospecha que el concurso-oposición se convertirá en un proceso demasiado duro para los aspirantes sin experiencia previa en la función pública y demasiado sencillo de superar para los interinos e interinas que acumulan décadas de experiencia.
ADOAJ recalcó que la Jurisprudencia estipula que el 40% en la fase de concurso es el máximo legal y no supone una obligación para el Ministerio estipular en la convocatoria dicho porcentaje. Afirmación que encuentra su respaldo en el concurso-oposición realizado en 2008 en el que se contabilizaron los méritos en un 20%, es decir, en la mitad de la pretensión actual por parte de los sindicatos.
ADOAJ recordó a su interlocutor que, en los acuerdos entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y los sindicatos mayoritarios reflejados en la Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, no aparece confirmado que el único modo de llevar a cabo el proceso selectivo sea por el sistema de concurso-oposición ni que deba utilizarse dicho sistema durante tres ofertas de empleo público relativas a los años 2017, 2018 y 2019. Llevar a cabo tres procesos selectivos por dicho sistema de concurso-oposición no debe entenderse, en ningún caso y desde su punto de vista, como situación excepcional, lo que choca con el ordenamiento jurídico, el cual refleja que el sistema de selección mediante concurso-oposición sólo se utilizará de forma excepcional. ADOAJ volvió a insistir que su posición está contra esta determinación y que luchará por que el proceso selectivo también sea justo para los opositores y opositoras que no tienen experiencia previa en la función pública.
Sobre el último matiz señalado, ADOAJ trasladó a CSIF su profunda preocupación por el hecho de que las bolsas de trabajo temporal de la mayoría de las comunidades autónomas lleven años cerradas, algunas incluso durante décadas, sin justificación ni explicación por parte del Ministerio de Justicia, impidiendo de esta forma que las nuevas generaciones de opositores y opositoras puedan acceder a ellas para poder obtener experiencia previa en la función pública y, por lo tanto, puntos para posibles concursos-oposiciones. En este sentido, CSIF aclaró que está totalmente en contra de que las bolsas de trabajo temporal no se hayan abierto durante tanto tiempo y confían en que sus presiones pasadas y actuales desemboquen en su apertura a partir del próximo mes de septiembre, tal y como recogió CSIF en un comunicado oficial que publicó unas horas después de que tuviera lugar la reunión con ADOAJ.
En conclusión, CSIF y ADOAJ se muestran satisfechos con la reunión mantenida por ambas partes, aunque constataron que defienden propuestas distintas y que deberán continuar trabajando para encontrar más puntos en común en el futuro.
Fuente: https://www.csif.es/contenido/nacional/administracion-de-justicia/259010
Previamente a la entrevista que se produjo entre la asociación y el sindicato, ADOAJ solicitó una reunión con CSIF para darse a conocer como entidad dada su reciente creación y su notorio auge entre los opositores y opositoras, para transmitir las reivindicaciones de su colectivo ante las futuras convocatorias de acceso a la función pública en la Administración de Justicia y conocer las posturas de su interlocutor sobre estos temas de actualidad en la profesión. La reunión fue aceptada por CSIF de manera inmediata y en ella dieron respuesta a la mayoría de las preguntas planteadas por la asociación y por ello este colectivo quiere agradecer públicamente su buena predisposición y amabilidad. No obstante, ADOAJ sigue su hoja de ruta y continúa proponiendo reuniones a los demás sindicatos mayoritarios.
En primer lugar, CSIF manifestó que, en materia de procesos selectivos dentro del plan de estabilización firmado en la Mesa General de Función Pública, siempre ha defendido y defiende la legalidad vigente y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo en lo que se refiere al respeto a la libre concurrencia y los límites del peso de la fase de concurso y de los méritos como la antigüedad, en una proporción de 60-40%. La LOPJ permite utilizar el concurso oposición de manera excepcional y la situación de alta temporalidad existente en la Administración pública española y, dentro de ella en la Administración de Justicia, puesta de manifiesto por las sentencias del TJUE, constituye un elemento de excepcionalidad que habilita el recurso a esta forma de proceso selectivo dentro del periodo 2017-2019.
A esta legislación y jurisprudencia se han unido los acuerdos del Plan de Estabilización y los criterios comunes que se han fijado para la ejecución del mismo y que establecen el uso del concurso oposición en los procesos selectivos amparados en dicho plan. En este sentido, CSIF destaca que estos acuerdos han permitido la mayor oferta de empleo público en la historia de la Administración Pública y en la Administración de Justicia con más de 10.000 plazas.
Asimismo, el representante de CSIF explicó que el concurso oposición exigirá la superación de los ejercicios de la oposición con una nota mínima como paso previo a la valoración de los méritos. En este sentido, manifestó que aún no se han establecido los criterios que van a regir estos procesos selectivos de concurso oposición ya que el Ministerio ha trasladado la primera reunión del grupo de trabajo al mes de septiembre. Será en ese momento donde haya que introducir el tipo de méritos que se van a valorar junto con la experiencia como titulaciones, cursos homologados y exámenes aprobados en procesos selectivos anteriores.
Por otra parte, ADOAJ manifestó explícitamente su reiterada indignación ante la realización de un concurso-oposición al que los opositores por turno libre se enfrentarían desde una posición desigual, ya que en ese caso se vulneraría el principio de igualdad para acceder a la función pública recogido en el artículo 23 de la CE y otros numerosos artículos del ordenamiento jurídico actual. Asimismo, esta asociación consideró que el 40% con el que se pretende valorar los méritos en la segunda fase del proceso selectivo constituye un porcentaje injusto y desigual para los opositores por turno libre. Esta afirmación está respaldada, afirma ADOAJ, por sendas sentencias, como, por ejemplo:
- la del Tribunal Superior de Justicia de Galicia sobre una convocatoria realizada en el año 2016 por la Diputación de Ourense donde dicho Tribunal Superior concluye que el proceso supuso una vulneración de los preceptos legales al restringir, prácticamente, el acceso de aspirantes sin experiencia previa al proceso de selección,
- o la sentencia que ha condenado a la Universidad de Málaga por infringir el principio de igualdad en el acceso a la condición de funcionario/a donde se recoge que se concedía una ventaja sustancial y prácticamente insuperable a favor de los interinos.
Este es principalmente el temor que ADOAJ tiene. Sospecha que el concurso-oposición se convertirá en un proceso demasiado duro para los aspirantes sin experiencia previa en la función pública y demasiado sencillo de superar para los interinos e interinas que acumulan décadas de experiencia.
ADOAJ recalcó que la Jurisprudencia estipula que el 40% en la fase de concurso es el máximo legal y no supone una obligación para el Ministerio estipular en la convocatoria dicho porcentaje. Afirmación que encuentra su respaldo en el concurso-oposición realizado en 2008 en el que se contabilizaron los méritos en un 20%, es decir, en la mitad de la pretensión actual por parte de los sindicatos.
ADOAJ recordó a su interlocutor que, en los acuerdos entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y los sindicatos mayoritarios reflejados en la Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, no aparece confirmado que el único modo de llevar a cabo el proceso selectivo sea por el sistema de concurso-oposición ni que deba utilizarse dicho sistema durante tres ofertas de empleo público relativas a los años 2017, 2018 y 2019. Llevar a cabo tres procesos selectivos por dicho sistema de concurso-oposición no debe entenderse, en ningún caso y desde su punto de vista, como situación excepcional, lo que choca con el ordenamiento jurídico, el cual refleja que el sistema de selección mediante concurso-oposición sólo se utilizará de forma excepcional. ADOAJ volvió a insistir que su posición está contra esta determinación y que luchará por que el proceso selectivo también sea justo para los opositores y opositoras que no tienen experiencia previa en la función pública.
Sobre el último matiz señalado, ADOAJ trasladó a CSIF su profunda preocupación por el hecho de que las bolsas de trabajo temporal de la mayoría de las comunidades autónomas lleven años cerradas, algunas incluso durante décadas, sin justificación ni explicación por parte del Ministerio de Justicia, impidiendo de esta forma que las nuevas generaciones de opositores y opositoras puedan acceder a ellas para poder obtener experiencia previa en la función pública y, por lo tanto, puntos para posibles concursos-oposiciones. En este sentido, CSIF aclaró que está totalmente en contra de que las bolsas de trabajo temporal no se hayan abierto durante tanto tiempo y confían en que sus presiones pasadas y actuales desemboquen en su apertura a partir del próximo mes de septiembre, tal y como recogió CSIF en un comunicado oficial que publicó unas horas después de que tuviera lugar la reunión con ADOAJ.
En conclusión, CSIF y ADOAJ se muestran satisfechos con la reunión mantenida por ambas partes, aunque constataron que defienden propuestas distintas y que deberán continuar trabajando para encontrar más puntos en común en el futuro.
Fuente: https://www.csif.es/contenido/nacional/administracion-de-justicia/259010