EXAMEN ÁMBITO TERRITORIAL DE MADRID Y ÁMBITO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

Me surge una duda al rellenar la solicitud sobre la casilla 20 “Provincia de examen”. Los que somos de Madrid, ¿tenemos que elegir entre la opción “Madrid” y “Madrid-Ministerio de Justicia”? ¿No podemos elegir ambas…? ¿Qué diferencia hay? Igual es una pregunta obvia, pero es la primera vez que me presento.

Si, con esta cuestión hay que tener mucho cuidado, sobre todo si vuestra intención es poder obtener una plaza en Madrid.

La convocatoria ya indica lo siguiente:

Los aspirantes que opten por el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid indicarán el código 28 mientras los que opten por el ámbito competencial del Ministerio de Justicia pero quieran ser examinados en Madrid indicarán el código 98 Madrid-Órganos centrales.

Es decir, el opositor tiene que decidir:

A) Si se presenta a las plazas ofertadas por la Comunidad de Madrid, que en esta convocatoria son 261.
En este caso seleccionáis como ámbito territorial el de MADRID y como provincia de examen MADRID, con el código 28.
Si se consigue una plaza en este ámbito el primer destino del funcionario será un órgano judicial o fiscal de la Comunidad Autónoma madrileña (aunque no en el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional o Juzgados Centrales, que son órganos no transferidos y que pertenecen al ámbito Ministerio de Justicia)

B) Si se presenta a las plazas del ámbito territorial del Ministerio de Justicia, que en esta convocatoria son 210.
En este caso, además de escoger el ámbito territorial del Ministerio, hay que escoger la provincia de examen, que puede ser una de las siguientes (la que queráis escoger):
  • Albacete (02)
  • Cáceres (10)
  • Ceuta (51)
  • Madrid-Órganos centrales (98)
  • Melilla (52)
  • Murcia (30)
  • Illes Baleares-Palma de Mallorca (07)
  • Valladolid (47)
Poniendo el código que figura detrás de la localidad de examen. Por lo tanto, podríais hacer el examen en Palma de Mallorca, en Albacete o en Ceuta, por ejemplo, pero también en Madrid, en este caso poniendo el código 98.
Ahora bien, cuando aprobéis, podréis ser destinados a cualquiera de esos territorios no transferidos y que todavía pertenecen al ámbito de gestión del Ministerio de Justicia. También habrá algunas plazas en la ciudad de Madrid que no están transferidas a la Comunidad de Madrid, y que son precisamente las plazas del TS y AN, así como las de los Juzgados Centrales. Pero si por la nota alcanzada no os adjudican una plaza en esos órganos centrales, podríais tener vuestro primer destino en cualquiera de las otras provincias que figuran en el ámbito de gestión del Ministerio, por ejemplo, Melilla, o Murcia, aunque os hayáis examinado en Madrid y ello es debido a que habéis escogido presentaros por el ámbito Ministerio Justicia.